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BANDO

De conformidad con la RESOLUCIÓN de 5 de enero de 2018, de la Directora General de Prevención de Incendios Forestales, sobre modificación del período de quemas para enero 2018.

PRIMERO. Modificación del período de quemas.

Se inicia un nuevo período en el que no se podrá autorizar, en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de aquellos, la quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales, que se iniciará el 6 de enero de 2018, inclusive, y tendrá una duración indefinida, esto es, sin fecha de finalización y hasta que cambien las condiciones de riesgo, hasta nueva resolución que disponga lo contrario.

SEGUNDO. Restricción de acciones o actividades recogidas en los planes locales de quema y autorizaciones.

Se dejan en suspenso, desde el 6 de enero de 2018, inclusive, todas las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quema o en autorizaciones nominativas que contradigan lo establecido en la presente resolución.

TERCERO. Autorizaciones extraordinarias.

Con carácter extraordinario, y únicamente por razones fitosanitarias, de investigación u otros motivos de urgencia debidamente justificados que no permitan su aplazamiento, se podrán autorizar quemas durante el periodo anterior, siempre que exista resolución en ese sentido de la dirección general competente en prevención de incendios forestales.

En Tibi, a 5 de enero de 2018

El Alcalde-Presidente,

Fdo.: D. Juan José Ballester Sirvent.