
CÓMO FUNCIONA TU AYUNTAMIENTO · EPISODIO 02
¿Qué significa estar “liberado”?
Dedicación exclusiva, dedicación parcial y qué pasa con quien no está liberado.
“Liberado” no es un término legal. Es la forma habitual de llamar a quien ejerce su cargo municipal con dedicación exclusiva: cobra una retribución del Ayuntamiento, está dado de alta en la Seguridad Social y no puede percibir otras retribuciones públicas. En el Ayuntamiento de Tibi, la única persona liberada es el alcalde.
En este segundo episodio de Cómo funciona tu Ayuntamiento te explicamos qué significa y qué límites marca la ley.
¿De dónde viene la palabra “liberado”?
Se dice así porque la persona queda “liberada” de su trabajo habitual para dedicarse a tiempo completo al Ayuntamiento. Pero la ley no habla de liberados: habla de dedicación exclusiva y dedicación parcial, en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local.
¿Qué implica tener dedicación exclusiva?
Retribución y Seguridad Social
Quien tiene dedicación exclusiva percibe una retribución por ejercer su cargo y el Ayuntamiento le da de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Incompatibilidades
Esa retribución es incompatible con cualquier otra pagada con presupuestos públicos, y no se pueden desarrollar otras actividades salvo en los términos que permite la Ley 53/1984 de incompatibilidades.
¿Y su trabajo anterior?
Si es funcionario o funcionaria, pasa a la situación de “servicios especiales” mientras dura el cargo (artículo 74). Para el personal laboral rigen reglas equivalentes.
¿Se puede estar “medio liberado”?
Sí: es la dedicación parcial. Se cobra en función del tiempo de dedicación efectiva al cargo, y el Pleno debe fijar la dedicación mínima necesaria para percibir esa retribución. Si la persona trabaja en otra administración pública, solo puede cobrarla por el tiempo que dedique fuera de su jornada.
¿Y quien no está liberado?
No tiene un sueldo del Ayuntamiento. Puede percibir asistencias por acudir a los Plenos y otros órganos colegiados, e indemnizaciones por los gastos efectivos que le ocasione el cargo. Lo explicamos en el episodio 01: ¿Todos los concejales cobran un sueldo?
Además, la ley protege su empleo: mientras dura el mandato, no se le puede trasladar ni obligar a concursar a otro puesto de trabajo (artículo 74.3), y tiene derecho a los permisos necesarios para ejercer su cargo.

¿Cuántas personas liberadas puede haber?
La ley fija límites según la población del municipio. Además, la retribución tiene un tope máximo que establece cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado (artículo 75 bis).
En los municipios de entre 1.001 y 2.000 habitantes, como Tibi, solo un miembro de la Corporación puede ejercer su cargo con dedicación exclusiva (artículo 75 ter de la Ley 7/1985).
¿Y cómo funciona en Tibi?
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persona liberada en el Ayuntamiento de Tibi: el alcalde
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como máximo, según la ley, en municipios del tamaño de Tibi
El alcalde es el único miembro de la Corporación Municipal de Tibi con dedicación exclusiva. El resto de concejales y concejalas compaginan su responsabilidad municipal con su trabajo y su vida profesional.
No estar liberado no significa no trabajar para el municipio: la dedicación y la retribución son una cuestión distinta del ejercicio de las funciones de cada concejalía.
¿Dónde puedo comprobar esta información?
No tienes que creértelo: puedes consultarlo en las fuentes originales:
- Artículos 74, 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local (BOE)
- Boletín Oficial de la Provincia de Alicante: allí se publican los acuerdos de retribuciones y dedicaciones.
- Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Tibi
- Corporación Municipal: perfiles y áreas de cada concejal o concejala.
En resumen
No. Es una expresión coloquial. La ley habla de dedicación exclusiva o dedicación parcial.
Una retribución del Ayuntamiento por ejercer su cargo, con alta en la Seguridad Social e incompatible con otras retribuciones públicas.
Una. En los municipios de entre 1.001 y 2.000 habitantes solo un miembro de la Corporación puede tener dedicación exclusiva (artículo 75 ter de la Ley 7/1985).
El alcalde. Es el único miembro de la Corporación con dedicación exclusiva.
EPISODIO 03
Próximo episodio
¿Qué es un teniente de alcalde y qué hace? Seguimos explicando cómo funciona tu Ayuntamiento.
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Última actualización: septiembre de 2026.

