
CÓMO FUNCIONA TU AYUNTAMIENTO · EPISODIO 04
¿Qué decide el alcalde y qué tiene que pasar por el Pleno?
Quién gobierna el día a día, qué decisiones son de todos y cómo se controla.
En un Ayuntamiento hay dos órganos principales. El Pleno, formado por todos los concejales y concejalas elegidos (del gobierno y de la oposición) y presidido por el alcalde, y la Alcaldía. La ley reparte las decisiones entre ambos: el alcalde dirige el gobierno y la administración del día a día, y el Pleno aprueba las decisiones que afectan a todo el municipio y controla al gobierno.
En este cuarto episodio de Cómo funciona tu Ayuntamiento te explicamos qué puede decidir el alcalde por sí solo, qué tiene que pasar obligatoriamente por el Pleno y cómo puedes saber qué se ha decidido.
¿Quién decide qué? La regla general
La Ley de Bases del Régimen Local enumera las competencias del alcalde (artículo 21) y las del Pleno (artículo 22). En resumen: el Pleno aprueba las normas, el dinero y el modelo de pueblo; el alcalde los ejecuta y gestiona. Además, todo lo que la ley no atribuye expresamente a otro órgano corresponde al alcalde.
El Pleno
Es el órgano de máxima representación: en él están todos los grupos políticos. Decide por votación, en sesión pública, y controla la acción del gobierno.
La Alcaldía
Es un órgano unipersonal que dirige el gobierno y la administración municipal. Decide mediante resoluciones o decretos, firmados por el alcalde o por quien tenga la competencia delegada.
¿Qué tiene que pasar por el Pleno?
Estas son las principales decisiones que corresponden al Pleno según el artículo 22 de la Ley de Bases del Régimen Local:
El dinero
Aprobar y modificar el presupuesto, aprobar la cuenta general y fijar los impuestos, tasas y precios públicos municipales.
Las normas
Aprobar y modificar las ordenanzas y reglamentos municipales, incluido el reglamento orgánico que regula cómo funciona el propio Ayuntamiento.
El modelo de pueblo
Aprobar inicialmente el planeamiento urbanístico general, el plan que decide qué se puede construir y dónde, y los acuerdos que cierran su tramitación municipal.
El personal
Aprobar la plantilla y la relación de puestos de trabajo, las retribuciones complementarias fijas del funcionariado y el número y régimen del personal eventual.
Servicios y grandes compromisos
Decidir cómo se gestionan los servicios públicos y aprobar las contrataciones, compras y préstamos que superan los límites que la ley fija para el alcalde.
El control del gobierno
Fiscalizar la acción del alcalde y del equipo de gobierno, y votar la moción de censura y la cuestión de confianza.
El Pleno puede delegar algunas de sus competencias en el alcalde o en la Junta de Gobierno Local, pero no las fundamentales: el presupuesto, las ordenanzas, el planeamiento general, la plantilla o el control del gobierno son siempre del Pleno (artículo 22.4).
¿Qué puede decidir el alcalde?
El alcalde dirige el gobierno y la administración municipal y representa al Ayuntamiento. Estas son algunas de sus competencias según el artículo 21 de la misma ley:
Gobierno y servicios
Dirigir e impulsar los servicios y las obras municipales, dictar bandos y ordenar que se publiquen y cumplan los acuerdos del Ayuntamiento.
Gestión económica
Gestionar el presupuesto aprobado por el Pleno y contratar obras, servicios y suministros de hasta el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto, con un máximo de 6 millones de euros.
Licencias y urbanismo
Conceder licencias, aprobar los instrumentos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización, y los planes de desarrollo que la ley no reserva al Pleno.
Personal
Es el jefe de todo el personal municipal: aprueba la oferta de empleo público según la plantilla aprobada por el Pleno, las bases de los procesos de selección, los nombramientos y las sanciones.
Presidir el Pleno
Convoca y preside las sesiones del Pleno y decide los empates con su voto de calidad. También nombra a los tenientes de alcalde, como vimos en el episodio 03.
Emergencias
Ante una catástrofe o un riesgo grave puede adoptar personalmente las medidas necesarias, dando cuenta inmediata al Pleno.
¿Puede el alcalde delegar sus competencias?
Sí, en buena parte. El alcalde puede delegar en la Junta de Gobierno Local, en los tenientes de alcalde y en otros concejales o concejalas la gestión de áreas concretas: son las llamadas concejalías delegadas. Hay competencias que no puede delegar, como convocar y presidir el Pleno, decidir los empates, la jefatura superior del personal o concertar operaciones de crédito (artículo 21.3).
Delegar no es desentenderse. Quien delega sigue siendo responsable y puede recuperar la competencia cuando quiera. Además, las decisiones tomadas por delegación se consideran adoptadas por el órgano que delegó.
¿Cómo se controla lo que decide el alcalde?
Las decisiones de la Alcaldía no quedan en un cajón. La ley prevé varios mecanismos para que se conozcan y se puedan fiscalizar:
Dación de cuenta
En cada Pleno ordinario el alcalde informa de las resoluciones o decretos que ha dictado desde la sesión anterior (artículo 42 del Reglamento de Organización y Funcionamiento).
Ruegos, preguntas y mociones
Todos los grupos, también los de la oposición, pueden preguntar al gobierno, hacer ruegos y presentar mociones para que el Pleno se pronuncie.
Información pública
Los concejales y concejalas pueden consultar los expedientes, y la ciudadanía puede asistir a los plenos, que son públicos, y consultar los acuerdos publicados.
¿Y cómo funciona en Tibi?
En Tibi el Pleno celebra sesiones ordinarias cada tres meses, según recoge la página de Funcionamiento Interno del Ayuntamiento. Cuando hace falta, también se convocan plenos extraordinarios.
Trimestral
Periodicidad de los plenos ordinarios
Del 1 al 15
Días del mes en que se celebran
19:30 h
Hora de inicio de las sesiones
Las sesiones del Pleno son públicas: puedes asistir en persona o ver las grabaciones en el Portal de Transparencia. En cada pleno ordinario verás un punto llamado «dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía»: es el momento en que se informa de lo que ha decidido el alcalde desde el pleno anterior.
Un ejemplo real: en el pleno ordinario del 10 de septiembre de 2026, el alcalde dio cuenta de los decretos de Alcaldía del n.º 435 (5 de junio) al n.º 614 (7 de septiembre): unos 180 en solo tres meses. En esa misma sesión se llevó al Pleno la aprobación de la Cuenta General de 2025, una decisión que no puede tomar el alcalde por sí solo. Puedes verlo en la grabación a partir del minuto 43.
¿Dónde puedo comprobar esta información?
No tienes que creértelo: puedes consultarlo en las fuentes originales:
- Artículos 21 y 22 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local (BOE)
- Artículo 42 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, Real Decreto 2568/1986 (BOE)
- Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (BOE): límites de contratación del alcalde y del Pleno.
- Funcionamiento Interno del Ayuntamiento de Tibi: periodicidad de los plenos.
- Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Tibi: grabaciones de los plenos.
En resumen
Dirigir el gobierno y los servicios municipales, gestionar el presupuesto aprobado, contratar dentro de sus límites, conceder licencias, dirigir al personal y adoptar medidas urgentes en caso de emergencia, entre otras cosas.
El presupuesto y las cuentas, los impuestos y tasas municipales, las ordenanzas, el planeamiento urbanístico general, la plantilla de personal, la forma de gestionar los servicios públicos y el control del gobierno municipal.
En cada Pleno ordinario el alcalde da cuenta de las resoluciones o decretos que ha dictado desde la sesión anterior. Los plenos son públicos y sus grabaciones están disponibles en el Portal de Transparencia.
Las sesiones ordinarias del Pleno de Tibi son trimestrales, entre los días 1 y 15 del mes, a las 19:30 horas. Además, pueden convocarse plenos extraordinarios cuando sea necesario.
EPISODIO 05
Próximo episodio
Muy pronto, un nuevo episodio. Seguimos explicando cómo funciona tu Ayuntamiento.
¿Tienes una duda? Envía tu pregunta a la Concejalía de Participación y Transparencia.
Última actualización: septiembre de 2026.

