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Paisaje del término municipal de Tibi

CÓMO FUNCIONA TU AYUNTAMIENTO · EPISODIO 06

¿Qué es una moción y qué son los ruegos y preguntas?

Las herramientas con las que los grupos municipales proponen y controlan al gobierno en el Pleno.

En cada pleno ordinario hay un momento reservado para proponer y para controlar al gobierno municipal. Las herramientas son tres: la moción, que es una propuesta que se debate y se vota; el ruego, que es una petición que no se vota; y la pregunta, que el gobierno tiene que responder.

En el episodio 05 vimos cómo funciona una sesión del Pleno. En este sexto episodio de Cómo funciona tu Ayuntamiento te explicamos qué significa cada una de estas palabras que escucharás en cualquier pleno.

¿Por qué existen?

La ley obliga a que los plenos ordinarios tengan una parte dedicada al control del gobierno, separada de la parte en la que se toman decisiones, y a que todos los grupos municipales puedan presentar ruegos, preguntas y mociones (artículo 46.2.e de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local). Es una garantía para la oposición, pero también para los vecinos y vecinas, que así pueden saber qué se propone y qué responde el gobierno.

Moción, ruego y pregunta: ¿en qué se diferencian?

Moción

Es una propuesta que se somete al Pleno para que la debata y la vote. Si obtiene mayoría, se convierte en un acuerdo del Pleno. Puede pedir al gobierno municipal que haga algo, fijar una postura del municipio o pedir a otra administración que actúe.

Ruego

Es una petición de actuación dirigida al gobierno municipal: arreglar algo, revisar un servicio, estudiar una propuesta. Se puede plantear por escrito o de palabra, se puede debatir, pero nunca se vota.

Pregunta

Es cualquier cuestión que se plantea al gobierno municipal en el Pleno para que la responda. La puede hacer cualquier concejal o concejala, o un grupo a través de su portavoz.

La moción se vota; el ruego y la pregunta, no. Por eso se dice que la moción sirve para proponer y que los ruegos y preguntas sirven, sobre todo, para controlar al gobierno.

¿Cómo llega una moción al Pleno?

Lo habitual es que un grupo municipal la presente por escrito antes de que se convoque el pleno, para que se incluya en el orden del día y se estudie como el resto de asuntos.

También existe la moción urgente: en los plenos ordinarios, terminado el orden del día y antes de los ruegos y preguntas, el alcalde pregunta si algún grupo quiere presentar un asunto por razones de urgencia. El portavoz explica por qué es urgente y el Pleno vota primero si lo debate o no (artículo 91.4 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales).

Una vez debatida, la moción se vota como cualquier otro asunto, normalmente por mayoría simple. Ojo: no hay que confundirla con la moción de censura, que es el procedimiento para cambiar de alcalde y tiene sus propias reglas.

¿Cuándo se responden los ruegos y las preguntas?

Según el artículo 97 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales:

  • Preguntas orales hechas durante la sesión: se suelen contestar en el pleno siguiente, salvo que quien las recibe prefiera responder en el momento.
  • Preguntas por escrito: se contestan en el pleno siguiente. Si se registran con al menos 24 horas de antelación, se contestan normalmente en la misma sesión.
  • Ruegos: se debaten generalmente en la sesión siguiente, aunque el alcalde puede decidir hacerlo en la misma. En ningún caso se votan.

¿Y cómo funciona en Tibi?

En Tibi el Pleno celebra sesiones ordinarias cada tres meses. En cada una de ellas, después de los asuntos del orden del día, llega el turno de los ruegos y preguntas, en el que los concejales y concejalas pueden pedir explicaciones al gobierno municipal.

Sí

Las mociones se debaten y se votan

No

Los ruegos nunca se someten a votación

24 h

Antelación para que una pregunta escrita se conteste en el mismo pleno

Puedes ver cómo se presentan las mociones y cómo se responden los ruegos y preguntas en las grabaciones de los plenos, disponibles en el Portal de Transparencia. Y si tienes una propuesta para el municipio, puedes hacérsela llegar a cualquiera de los grupos municipales.

¿Dónde puedo comprobar esta información?

No tienes que creértelo: puedes consultarlo en las fuentes originales:

En resumen

¿Qué es una moción en un ayuntamiento?

Una propuesta que un grupo municipal somete al Pleno para que la debata y la vote. Si se aprueba, se convierte en un acuerdo del Pleno.

¿Qué diferencia hay entre una moción y un ruego?

La moción se vota; el ruego, no. El ruego es una petición de actuación dirigida al gobierno municipal, que puede debatirse pero nunca se somete a votación.

¿Cuándo tiene que responder el gobierno a una pregunta en el Pleno?

Normalmente en el pleno siguiente. Si la pregunta se registra por escrito con al menos 24 horas de antelación, se contesta por lo general en la misma sesión.

¿Qué es una moción urgente?

Un asunto que no estaba en el orden del día y que un grupo presenta por razones de urgencia en un pleno ordinario. El Pleno vota primero si lo debate.

Última actualización: octubre de 2026.

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