Esta semana se han iniciado las obras del Plan de Obras y Servicios que consisten en la red en alta desde el pozo del Llosar hasta el camí de les casetes en Terol.
Subvención solicitada en 2018 con un importe de 600.000€ para llevar agua desde el depósito de Les Redones hasta la Urbanización Finca Terol, y que se ejecuta en 2023, por lo que tras la guerra de Ucrania y el aumento de los costes se ha tenido que hacer una modificación por lo que se va a llevar a cabo la conducción de agua desde el pozo del Llosar hasta les Casetes. En próximas subvenciones el ayuntamiento pedirá la finalización de las obras.
El Ayuntamiento de Tibi ha puesto a la venta cinco parcelas de titularidad municipal en el Sector 4 de la Urbanización Finca Terol. La venta se realiza por procedimiento abierto, mediante subasta en sobre cerrado. El plazo de presentación de ofertas finaliza el día 21 de febrero de 2023. En el siguiente enlace se puede consultar el Pliego de Condiciones Particulares, así como los anexos incluidos en el mismo.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Alicante vuelve a dar la razón al Ayuntamiento de Tibi en los dos últimos Autos, señalando:
En el Auto de 22 de abril de 2022 (I) “se declararon CONFORMES AL FALLO DE LA SENTENCIA las actuaciones llevadas a cabo por el Excmo. Ayuntamiento de Tibi para la correcta ejecución al fallo………………………….desestimando todas las alegaciones que habían sido realizadas por la parte ejecutante”.
En el Auto de 5 de enero de 2023 (II), a pesar de que se dice que el Ayuntamiento debe prestar los mismos servicios que se prestan en el centro urbano de Tibi y en igualdad de condiciones, dice el Auto “ en ningún momento se dice que ello tenga que ser de manera gratuita para la Comunidad de Propietarios recurrente………………….También en aquel Auto (2 de septiembre de 2020)se señaló que la ejecución debía llevarse de la forma más adecuada, correspondiendo esta decisión a la Administración. Y siempre que ello se haga dentro de la legalidad, son perfectas todas las opciones posibles que elija la Administración”
En el último Auto de 11 de enero de 2023 (III) dice el Juez:
“la parte ejecutante (Comunidad Pinares del Meclí) ha presentado ………………..toda una batería de escritos que ralentizan y en nada contribuyen a la correcta ejecución de la Sentencia”
Ante la suspensión de suministro de energía eléctrica por impago, se dice en el Auto: “estamos ante una cuestión que nada tiene que ver con la fase de ejecución de sentencia que nos ocupa. La carta de aviso de suspensión del suministro por impago está remitida por una mercantil privada comercializadora de electricidad sin relación alguna con el Ayuntamiento de Tibi.
Con respecto a viales y zonas verdes, dice el AUTO (III): “Constata el Ayuntamiento también que no se ha producido la entrega de viales y de zonas verdes por parte de la Comunidad de Propietarios, correspondiendo a la misma acreditar con carácter previo a disponer de los suelos libres de cargas con destino público, la titularidad de los mismos”.
El Juez señala que llevar a cabo la ejecución de la Sentencia de la manera más adecuada supone “apoderar a la Administración para que, siempre dentro de la legalidad, disponga de una discrecionalidad suficiente para llevar a cabo la asunción de todos los elementos de la urbanización como parte integrante del municipio. Ello supone la posibilidad de optar por varias soluciones, todas ellas igualmente justas, sin que exista una única solución que deba ser impuesta de manera unilateral por este Juzgado”
En cuanto a la recepción total solicitada por la Comunidad de Propietarios, se dice en el AUTO (III): “Debemos señalar, en primer lugar, que no es posible atender a la solicitud de recepción urgente inmediata de TODA la urbanización realizada por la parte ejecutante. Ya la propia sentencia establece una recepción por fases, comenzando por el servicio que se consideraba más imprescindible, el del suministro de agua potable”
El Juez pone de manifiesto que “La actitud de la Comunidad de propietarios no está siendo, quizá, la más colaborativa. Es más, la Comunidad de propietarios rechaza la recepción de la urbanización por fases y ha pasado a exigir la recepción directa de toda la urbanización, en forma claramente contraria a lo que dispone la sentencia”.
El Ayuntamiento recibe todo el apoyo por parte del Juzgado cuando declara que: “Por este Juzgado se asumen todos y cada uno de los argumentos dados por el Ayuntamiento de Tibi, debiendo resolver en el sentido solicitado por el mismo. Lo anterior supone que este Juzgado debe asumir e imponer a la parte ejecutante (Comunidad de propietarios) las obligaciones necesarias para que la sentencia pueda ser ejecutada”.
“ACUERDO del AUTO (III) de 11 de enero de 2023”:
1º) “DECLARAR que el servicio de alumbrado público debe ser uno de los servicios que el Ayuntamiento de Tibi debe asumir, si bien deberá hacerlo libre de cargas y una vez abonadas todas las facturas pendientes que la Comunidad de propietarios tenga con el suministrador eléctrico”.
2º) “OBLIGAR a cada uno de los vecinos que conforman la Comunidad de Propietarios ejecutante para que procedan a suscribir contrato particular de suministro de agua potable”.
3º) “REQUERIR a la Comunidad de propietarios ejecutante para que manifieste y justifique si registralmente es titular en propiedad y libre de cargas de los suelos que deben ser cedidos y recibidos por el Ayuntamiento para pasar a formar parte del dominio público municipal (en concreto, el terreno donde se ubica el depósito de agua, los viales de la urbanización y las zonas verdes)”
4º) “DECLARAR conformes a Derecho el resto de actuaciones desplegadas por el Excmo. Ayuntamiento de Tibi para dar cumplimiento a la sentencia dictada por este Juzgado”.
1.- Para la exposición y venta de productos artesanales, se deberá solicitar mesa y sillas al Ayuntamiento en el siguiente correo: juliacartagena@tibi.es
2.- El montaje de decoración para el recinto, de la música y de las mesas para los puestos de exposición y venta se iniciará a las 8h de la mañana. A las 10h se abrirá el recinto para para la visita y disfrute de los vecinos.
Las mesas de exposición deben ir cubiertas con algún tipo de telas; nuestra propuesta es que se cubran con tela o papel de colores, combinados de manera que representen la bandera de algún país, a vuestra elección. ¡¡¡Recordad que estamos en un Feria Multicultural!!!.
3.- Se ha encargado la realización de una paella gigante cuyos tickets se venderán con antelación en las siguientes localizaciones:
AYUNTAMIENTO DE TIBI: se ha habilitado un servicio para la venta de tickets a partir del 9 de mayo, de 9:00hs a 14:00hs en las propias dependencias del Ayuntamiento, para las personas que no puedan desplazarse hasta las urbanizaciones.
TEROL SECTOR 4: El próximo día 15/05 en el Parque infantil de la urbanización, la Asociación de fiestas pondrá a la venta tickets de 10h a 12h. Podéis enviar por wasap vuestro encargo al teléfono: 659 04 01 48
URBANIZACIÓN EL ALJIBE: la presidenta tendrá a disposición tickets, que se encargará de vender a todos aquellos que se lo soliciten a través del teléfono: 628 81 97 84
En el caso de que se vendieran TODOS los tickets con antelación, no quedarían para la venta “in situ”. No dejéis pasar la oportunidad y acercaros a comprar vuestro ticket en cualquiera de los puntos de venta.
En cuanto al precio de los tickets de la paella es de 5€ p/p, incluido número para tres rifas:
Rifa de un queso y un tarro de miel.
Rifa de un lote de tres botellas de vino Rioja.
Rifa de un jamón.
4.- El Ayuntamiento de Tibi ofrecerá una degustación de productos de Tibi y otros de algunas nacionalidades.
La Comisión formada por representantes del Ayuntamiento de Tibi, de la Junta de la Comunidad de Propietarios de Terol y de la Asociación de Fiestas Terol os desea un espléndido día de “convivencia multicultural”.
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